Valladolid, 20/04/07 El TSJ condena a la Seguridad Social a insonorizar la sede de Huerta del ReyEl alto tribunal da la razón a dos mujeres que viven encima de la Tesorería y que soportan desde hace siete años los sonidos elevados de la refrigeraciónANA SANTIAGO
Las máquinas de climatización, tanto de frío como de calor, y las de ventilación automática de los cuartos de baño provocaban tal intensidad de ruido que superaban los niveles legales medidos en la vivienda situada justo encima de la oficina. El alto tribunal da la razón con este fallo judicial a dos mujeres, una hija y su madre de 84 años, que han soportado el ruido de estas instalaciones, tanto de día como de noche, durante siete años y que denunciaron judicialmente el exceso de ruidos y vibraciones en el año 2003 tras reclamaciones administrativas ante el Consistorio. El TSJ, por tanto, estima en parte la apelación presentada por ambas mujeres contra una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo 2 de Valladolid que había rechazado en diciembre del 2004 el recurso presentado. Ahora, los tribunales, en sentencia del 26 de febrero, reconocen el exceso de ruidos pero rechazan el de vibraciones así como imponer sanción a la Seguridad Social. Desestima el alto tribunal la multa porque la Tesorería había cumplido las órdenes municipales, aunque «de forma insuficiente», cuando realizó obras en el 2003 en respuesta a un Decreto de Alcaldía, razón por la cual el Ayuntamiento archivó el caso. Sin embargo, los ruidos, según mediciones de la Policía Municipal en la vivienda por requerimiento de las afectadas, continuaban siendo superiores al nivel permitido. Después de reclamaciones administrativas, de buscar el apoyo del Procurador del Común, de llamar incontables veces a la Policía Municipal para que midiera las emisiones, durante más de siete años, las afectadas optaron por la vía judicial que, finalmente, les ha dado la razón y contra la cual, ya es segunda instancia, no cabe recurso. Novedosa sentenciaEl letrado que ha llevado el caso, Agustín Bocos, especializado en los litigios de ruido urbano y ligado a varias asociaciones al respecto, destaca que son habituales los casos en locales musicales o en bares y discotecas e, incluso, pleitos entre vecinos; pero que es la primera vez que tiene noticias de una sentencia por exceso de ruidos de una oficina. Señala asimismo el letrado que «parece lamentable que tengan que pasar más de tres años desde que se denuncia en los tribunales un caso así, que impide llevar en tu propio hogar una vida serena y normal, descansar por las noches, para que tales derechos sean estimados por la Justicia y hayan reconocido una situación de manifiesta ilegalidad acreditada por un informe emitido por un agente de la autoridad, según recoge la propia sentencia». Agustín Bocos añade que «máxime cuando resultan responsables instituciones que deberían velar por el cumplimiento de la ley».
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