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Alaró, 18/04/06

Condenan al consistorio a pagar 120.000 euros por las molestias de un restaurante

La Justicia obliga a resarcir económicamente de los daños a la familia del teniente de alcalde de UM Antoni Rebassa
BARTOMEU NOGUERA

Los ruidos sufridos por la familia Rebassa-Rosselló a causa de la actividad de una pizzería en los bajos de su domicilio durante cinco años le costarán a las arcas municipales 120.000 euros -30.000 por persona que habitaba el inmueble-, según una sentencia de la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia del pasado 4 de abril.

El vecino logró ya en 2001 una sentencia favorable que clausuró el establecimiento, anulando la licencia de apertura concedida de forma irregular en 1996. Se da la circunstancia de que uno de los cuatro miembros de la familia afectada por el ruido y ahora beneficiada por la indemnización es Antoni Rebassa Rosselló, teniente de alcalde por UM desde junio de 2003 y socio de gobierno del PSOE.

Este caso se inició el año 1996 cuando el consistorio presidido por el alcalde socialista Francesc Rosselló aprobó la licencia de apertura y funcionamiento a este establecimiento de la calle Pontarró número 2 pese a que, como recoge ahora la sentencia, existían informes de la Policía local y de los servicios técnicos municipales que revelaban deficiencias e incumplimientos de la normativa de contaminación acústica. La familia Rebassa-Rosselló presentó una denuncia al sentirse perjudicada por la emisión de ruidos y vibraciones de la maquinaria, las neveras o el extractor de humos. La resolución del tribunal se conoció seis años después y provocó que el siguiente alcalde, Josep Gomila (PSM), tuviera que decretar el cierre del local. Tras esa sentencia los servicios municipales encargaron un informe técnico en el que se evaluó el ruido que provocaba en el domicilio cuando en la pizzería se abría un grifo del lavabo, funcionaba el secamanos o el extractor de humos estaba a la máxima potencia. Actualmente el local permanece abierto puesto que en febrero de 2003 y tras una reforma para aislar las instalaciones, se le otorgó una nueva licencia.

Los magistrados consideran que la Administración debe resarcir el daño al existir una relación "de causa a efecto" entre los hechos que se imputan y los perjuicios, asegurando que "los recurrentes han tenido que soportar las molestias de la actividad de la pizzería cuya apertura bien a las claras se dejó ya en la sentencia 598/2001 que no debía haber sido otorgada por el consistorio". El fallo judicial fija la indemnización en base a los 1.874 días que transcurrieron entre la licencia municipal y la clausura, estableciendo una cuantía de 30.000 euros, atendiendo también "a la entidad real de las molestias que se desprende de las mediciones practicadas".

Defensa del Ayuntamiento

Durante el procedimiento, el Ayuntamiento ha defendido que la institución no ha causado perjuicio a la familia Rebassa-Rosselló puesto que no hubo inactividad y la pizzería estuvo cerrada hasta su reapertura en 2003.

Tras conocer la sentencia, el alcalde Miquel Deyà (PSOE) manifestó que aunque estudiarán la posibilidad de presentar recursos, el consistorio prefiere solucionar problemas y pagar: "Lo hemos demostrado en otros casos que vienen de gestiones de anteriores equipos de gobierno, como el pozo de Bànyols, el vertedero de basura, los intereses de la compra de son Tugores o los extras de la reforma de este mismo casal", añade el primer edil.

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