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Barcelona, 16/03/09

Cinco años y medio de cárcel para la dueña de un bar ruidoso

El fallo es pionero al condenar a la mujer por las lesiones que causó a los vecinos
Los jueces vinculan ruido y "tortura" para imponer la pena más severa hasta ahora
EL PERIÓDICO

Bar Donegal
El antiguo bar Donegal, en Nou de la Rambla, tras ser clausurado. Foto: FRANCESC CASALS
La Audiencia de Barcelona acaba de sentar un severo precedente --el más duro, hasta ahora, en la justicia española-- al castigar con cinco años y medio de cárcel a la propietaria de un bar ruidoso del barrio del Raval.

Los jueces no solo han condenado a la acusada por un delito de lesiones --las que sufrieron los vecinos--, lo que ya convierte su sentencia en pionera, sino que por primera vez han relacionado el exceso de contaminación acústica con el concepto de tortura. Se puede decir, sin temor a exagerar, que los jueces han reconocido la validez jurídica de aquello que todos hemos dicho alguna vez, quejándonos por el volumen de la música del vecino: ese ruido es una tortura.

La Audiencia considera probado que tres vecinos del número 44 de la calle de Nou de la Rambla sufrieron lesiones por la exposición prolongada a los ruidos del pub Donegal, que superaban con mucho los límites de la normativa vigente. Los tres, según la sentencia, desarrollaron un "síndrome ansioso depresivo que precisó para su curación de tratamiento médico y farmacológico", y al menos uno de ellos --casi tres años después de que el bar fuera finalmente clausurado-- sigue bajo medicación.

El Donegal permaneció abierto entre abril del 2005 y mayo del 2006, 13 interminables meses que los afectados acabaron pagando con problemas de insomnio, ansiedad y depresión. "Recordemos que el ruido se ha usado como método de tortura, y hasta para conseguir el enloquecimiento de las personas", subrayan los magistrados. Las "consecuencias nocivas" sobre los vecinos fueron lo suficientemente graves como para que la Audiencia considerara que se había cruzado la frontera entre el delito administrativo y penal.

DESOBEDIENCIA

La dueña del bar, María del Carmen Ahijado, no puede escudarse en que no sabía lo que estaba ocurriendo. La sentencia recuerda que "hubo que realizar un mínimo de 10 denuncias", que se cursaron hasta "tres órdenes de clausura" y que al menos en una ocasión los precintos del bar fueron arrancados. "La acusada conocía el estado de la situación", reza el texto.

Las mediciones que durante esos 13 meses hicieron los técnicos responsables en los apartamentos de los vecinos arrojaron muchas veces valores superiores a los 40 decibelios, cuando el límite máximo es de 30. Por todo esto, la acusada (si la sentencia se confirma) no solo deberá ir a prisión, sino que tendrá que pagar una multa de más de 11.000 euros, además de indemnizar con 6.000 euros a cada uno de los tres vecinos a los que hizo la vida imposible.

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