A Coruña, 23/07/08 El Valedor sostiene que la ordenanza de ruidos permite impedir el ´botellón´Los afectados por las concentraciones de jóvenes encuentran en el Valedor do Pobo amparo a su denuncia de que el Ayuntamiento no les aplicaba su norma de ruidosMARCOS MOSQUERA
La institución que vela por los derechos de los gallegos rebate la teoría esgrimida por el Gobierno local para tolerar esa práctica y sostiene que la ordenanza municipal de ruidos ofrece armas suficientes al Ayuntamiento para garantizar el descanso de los vecinos frente a las concentraciones masivas de jóvenes para beber alcohol en la calle. Durante años, la Administración local se aferró a dos argumentos para tolerar el botellón: la ordenanza que regula la emisión de ruidos no sirve de marco legal para atajar ese problema y entre las competencias municipales no figura la posibilidad de prohibir ese fenómeno. De la segunda se ha soltado con la aprobación de una norma municipal de convivencia, ya en vigor, que le ha llevado a prohibir el botellón en las plazas del Humor y de Azcárraga, además de en las calles aledañas. Al primero todavía hoy se agarra. En su opinión, la ordenanza de ruidos persigue comportamientos personales, no de grupo, y, en el botellón, el ruido no lo genera un individuo, sino la suma de todos los que se concentran en la calle. "Nuestra opinión no coincide con la del Ayuntamiento en este punto -recoge el Valedor do Pobo en su informe correspondiente a 2007-, ya en el escrito de apertura de la queja de oficio [por las molestias del botellón en A Coruña] indicamos que parecía de aplicación lo previsto en la ordenanza municipal de ruidos y en el decreto [autonómico sobre protección contra la contaminación acústica]". El Valedor advierte de que ambas normas "pretenden precisamente evitar que se pueda molestar desproporcionadamente a los vecinos con comportamientos que, conocidos individualmente, no resulten relevantes, pero que en función de la dimensión de la concentración sí lo sean". "En ese caso, la suma de comportamientos individuales es la que podría resultar ilegítima, sin necesidad de exigir que el colectivo se encuentre organizado o estructurado", señala en su informe. Tanto la ordenanza de ruidos como el decreto de la Xunta prohíben "cantar", "gritar" y "vociferar" en "horas de descanso nocturno", para la norma municipal, y de 22.00 a 08.00 horas, para la legislación autonómica. En respuesta al Valedor tras la apertura del expediente, el Ayuntamiento señaló que ni la ordenanza de ruidos ni el decreto autonómico "resultan suficientes" contra el botellón. "Según el Ayuntamiento -remarca el Valedor do Pobo-, las actuaciones individualmente tratadas [en el botellón] no resultan irregulares y su entendimiento en sentido colectivo no resulta adecuado, puesto que debe exigirse que ese colectivo esté ´identificado como tal, es decir, una asociación o colectivo de personas debidamente organizado, lo que no es el caso". La aprobación de una ordenanza de convivencia y ocio nocturno, con la que el Gobierno local sí se ha decidido a prohibir el botellón en la vía pública, evidencia, a ojos del Valedor, que el "Ayuntamiento parece asumir el compromiso de reconducir la situación", "al margen de que se pudiese haber intervenido con anterioridad".
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