Haro, 07/08/08 La Policía detecta un nivel de ruido superior a 69 decibelios generado por bandas rugosasEl informe fue realizado a instancia de los vecinos de Virgen de Begoña, que insisten en reclamar su retiradaROBERTO RIVERALas mediciones realizadas por agentes de la Policía Local en la confluencia de la Avenida de Santo Domingo con la Calle Virgen de Begoña no dejan lugar a dudas. De acuerdo con el informe realizado por la Jefatura a instancias de los vecinos, que siguen insistiendo en el enorme perjuicio que genera la colocación de bandas rugosas por parte de la Dirección General de Obras Públicas para regular la velocidad en la zona de travesía, el nivel de ruido que emite el paso de los vehículos sobre ellas supera en algunos momentos los 69 decibelios. Y se sitúa, siempre según constata el documento al que ha tenido acceso este medio, copia de la denuncia tramitada la pasada semana por uno de los residentes en la zona, en un mínimo de 58,30 decibelios. Resultado de la mediciónLa medición, detalla el mismo, fue realizada en el interior de la vivienda de uno de los vecinos que reclama del departamento regional la retirada de las bandas, al considerar que perturban la vida familiar e impiden su descanso. Más concretamente en el salón situado en la planta baja y en el dormitorio localizado en la primera. Fueron realizadas entre las 7.00 y las 7.20 horas. Y vienen a confirmar que los índices de ruido superan con creces los máximos establecidos en la ordenanza municipal. La normativa local, confirmaron a este periódico fuentes de la propia Jefatura de Policía Local, limita el índice de emisión de ruidos en ese espacio urbano entre los 35 y 50 decibelios. En la denuncia, que resume de alguna manera la opinión de la veintena de vecinos que han decidido trasladar sus quejas a la Dirección de Obras Públicas, al Ayuntamiento de Haro y a la Defensora del Pueblo Riojano, se asegura que el ruido procede de las citadas bandas y que, a consecuencia del paso de vehículos de forma «constante», se hace «imposible conciliar el sueño por la noche» y no resulta habitable el domicilio del denunciante «todo el día».
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