Sevilla, 15/9/07 Niegan que un gallinero moleste porque es un ruido típico ruralLa Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia en la que se desestimaba una demanda de un vecino de Palomares del Río -en la que reclamaba la retirada del gallinero de su vecino por los ruidos que ocasionaban los animales, y que asegura han sido la causa de su enfermedad psicológica- al considerar que dichos ruidos «son típicos de ambientes rurales, como el ruido de las campanas en los pueblos de Andalucía». La sentencia de la Sección Octava señala que para poder ejercer tal limitación es necesario que «la actividad cause daños o perjudique al vecino», lo que entiende que no ha ocurrido en este caso, ya que «el ruido que puedan hacer tres gallinas y un gallo no puede afirmarse que constituyan la causa de graves molestias y daños en la salud».
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