Santander, 07/09/06 El AstilleroEl TSJC exime a Ferroatlántica de presentar un plan de insonorizaciónLa Sala dice que el Ayuntamiento no tiene cobertura legal para condicionar la concesión de la licencia de apertura a una nueva actuación en materia de ruidoCONSUELO DE LA PEÑALa empresa Ferroatlántica no tiene que presentar el plan de insonorización de la fábrica que le requirió el Ayuntamiento de El Astillero en marzo de 2004, a cuya entrega condicionó la aprobación de la licencia de apertura o actividad. Así lo establece el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en una sentencia en la que estima el recurso promovido por la industria contra la exigencia municipal. La Asociación de Vecinos de Maliaño y un particular apoyaron a la administración local en este contencioso. Lo más paradógico del caso es que Ferroatlántica, con diferentes nombres y distintos propietarios, lleva años instalada en el municipio dedicada a la fundición. El TSJC respalda las alegaciones de la empresa al considerar que el plan de insonorización que el Ayuntamiento requirió a Ferroatlántica no tiene ninguna cobertura legal. Pero además el tribunal reprocha a la administración municipal que no diera a la empresa la posibilidad de presentar alegaciones sobre la condición impuesta. El año pasado, en abril de 2005, esta misma Sala rechazó la petición hecha por Ferroatlántica de dejar en suspenso la resolución municipal en tanto se resolvía el pleito sustanciado en los tribunales. Entonces, la Sala justificó la decisión en el derecho del Ayuntamiento a ejercer un control sobre la contaminación acústica. Ahora, sin embargo, estima la Sala que el consistorio se ha excedido en sus competencias municipales, ya que «la exigencia del plan de actuación e insonorización no viene legalmente justificada por ningún precepto». Pero además estima que no se dio a la sociedad oportunidad de formular alegaciones. El Ayuntamiento consiguió en primera instancia que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 le diera la razón. Pero la fábrica de ferroaleaciones apeló ante el TSJC, porque sostenía que cumplía con todas las limitaciones legales exigibles y que ahora le estaban demandando condiciones más estrictas de una manera injustificada. Además alegó que, pese a tratarse de una actividad ruidosa y molesta, ningún informe técnico avalaba la necesidad de exigir dicho plan y que el hecho de que el propio ayuntamiento hubiera otorgado licencias para la construcción de viviendas en el entorno de la fábrica suponía un reconocimiento por su parte de que «el nivel de ruido de la zona es tolerable y compatible con el uso residencial». Ahora, la Sala respalda el recurso presentado por la empresa astillerense la empresa y anula la exigencia municipal del plan de insonorización.
Más noticias de este mes | Último mes | Índice general de noticias |