Sevilla, 30/09/05 Junta andaluza prohibirá concentración de personas tomando alcohol en la vía pública, con multas de hasta 600 eurosSólo se podrá hacer botellón en aquellos municipios que mediante una ordenanza lo permitan, en todo su término o en determinadas zonasLa Junta de Andalucía prohibirá el consumo de comidas o bebidas en la vía pública, exceptuando el que se produzca en fiestas populares, ferias o verbenas y en lugares establecidos para ello --como bares o terrazas--, y permitirá a los ayuntamientos multar a aquellas personas que incumplan la futura ley, con multas que llegarán hasta los 600 euros. Sólo los gobiernos locales podrán permitir el consumo, en todo su término municipal o en determinadas zonas, pero para ello tendrán que elaborar las correspondientes ordenanzas. En rueda de prensa, tras la reunión de la Mesa de Concertación Local, la consejera de Gobernación, Evangelina Naranjo, y el presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Francisco Toscano, anunciaron que la comisión de técnicos de de las administraciones locales, autonómica y central, que estudian desde el pasado 6 de septiembre la propuesta de la Junta autonómica para regular los efectos negativos del botellón, ha aprobado el texto realizando "mínimos" cambios. Así, ahora comienza la tramitación legal de este borrador, que pasará por el Consejo de Gobierno y acabará convirtiéndose en ley. En concreto, la futura norma prohibirá "la concentración de personas consumiendo bebidas o comidas en la vía pública en zonas distintas a las establecidas por los ayuntamientos". Así, serán los consistorios los que podrán permitir beber en la calle. La titular del ramo confió en que la futura norma entre en vigor "lo antes posible" --aunque no concretó fecha-- y en que pueda ser "consensuada" con todas las fuerzas políticas. En el texto, se contemplan multas que van desde los 600 hasta los 600.000 euros para los infractores, recayendo las sanciones leves --600 euros como máximo-- en los ciudadanos particulares, y las muy graves --de 30.001 a 600.000 euros-- en los establecimientos de ocio y hostelería que fueran infractores reincidentes o que produjesen situaciones de grave riesgo para los bienes, la seguridad e integridad física de las personas o la salud pública. A preguntas de los periodistas, Naranjo explicó que en caso de que un consistorio no elabore las ordenanzas necesarias para desarrollar la ley autonómica, eso significará que no permite el consumo en la vía pública, por lo que será ilegal realizar botellones en su término municipal. Otra opción será que un gobierno local decida permitir el consumo en toda la localidad o en determinadas zonas. La normativa también afectará a los empresarios, ya que prohíbe el aprovisionamiento de bebidas para su consumo mediante encargos realizados por vía telefónica o mensajería; y la entrega o dispensación de bebidas alcohólicas por parte de los establecimientos comerciales fuera del horario establecido para ello, independientemente de la hora a la que se haya efectuado la transacción económica. Asimismo, los establecimientos de hostelería no podrán dispensar bebidas alcohólicas para su consumo fuera del local o de las zonas anexas autorizadas. A fin de reducir los "perjuicios" del botellón en las ciudades, el borrador aprobado hoy incluye dos prohibiciones más: abandonar en la vía pública los envases de las bebidas o comidas y demás recipientes, así como la realización de las necesidades fisiológicas fuera de los servicios habilitados al efecto. Para que esta ley se pueda aplicar, el texto recoge la posibilidad de que se arbitren los oportunos instrumentos de colaboración entre la administración local, autonómica y estatal. En concreto, Toscano apuntó que la Policía Nacional tendría ayudar a la Local en esta tarea. El documento aprobado por la Mesa de la Concertación Local establece que el ejercicio de la potestad sancionadora se ejercerá por el alcalde dentro del término municipal, de modo que los regidores, además de las sanciones pecuniarias, podrán decretar la suspensión de las licencias de apertura de los establecimientos desde dos a cinco años, la clausura de los establecimientos públicos por el mismo periodo y la inhabilitación para realizar la misma actividad desde uno a tres años. Los servicios jurídicos y técnicos de la administración tendrán que realizar los pertinentes informes y perfeccionar la futura norma. La consejera destacó que en ninguna página del texto aparecen mencionados los jóvenes porque es de carácter general. "MEDIDAS COERCITIVAS" Y FINANCIACIONToscano explicó que en un caso similar al que se produjo ayer en el macrobotellón universitario que se celebró en la zona de Reina Mercedes, en Sevilla, el Ayuntamiento podría haber adoptado "medidas coercitivas" si estuviera aprobada ya la ley. La consejera destacó "la valentía" que a su juicio a demostrado el presidente de la Junta, Manuel Chaves, "al tomar esta decisión", mientras que el presidente de la FAMP manifestó su satisfacción por esta normativa y significó el "consenso" con el que se ha aprobado el texto y resaltó que resolverá los problemas de muchos ciudadanos. En este contexto, puso de relieve su preocupación ante el hecho de que cada vez se comienza a consumir alcohol a edades más tempranas. En cuanto a la financiación, Naranjo recordó que ésta no será una ley acompañada de memoria económica, "porque da instrumentos a los ayuntamientos, pero no es una norma integral, sino hecha en el sentido en que lo ha solicitado la FAMP". No obstante, precisó que "eso no quita para que las medidas que necesiten los ayuntamientos sean financiadas por la Junta, igual que se financian otros proyectos".
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