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Granada, 18/11/04

Un centenar de sentencias respaldan ya a los vecinos en su lucha judicial contra el ruido

Una granadina gana un pleito en el Tribunal Europeo y recibirá una indemnización de 8.000 euros por los trastornos que provocaba un pub en su domicilio de Valencia

QUICO CHIRINO

El 29,39% de los hogares granadinos padecen a diario los trastornos del ruido, según el último censo de población y vivienda. La concejalía de Medio Ambiente registra prácticamente una denuncia diaria por contaminación acústica en domicilios. Estos dos datos podrían bastar para llamar la atención sobre un problema notable. Sin embargo, el que aguanta cruzado de brazos que le retumben los tímpanos es porque quiere. Hay normas y leyes para defenderse de los decibelios y los tribunales, en muchas ocasiones, acaban dando la razón a los sufridos ciudadanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó el martes a las autoridades españolas a pagar a 8.384 euros a una vecina de Galera por haber autorizado la apertura de locales nocturnos ruidosos cerca de su domicilio de Valencia. El tribunal considera que el Ayuntamiento valenciano «ha tolerado» la vulneración de las reglas de convivencia. Pilar Moreno no ha podido dormir tranquila durante años. La noticia ha podido sorprender a algunos sectores, aunque existen múltiples precedentes: al menos, un centenar de sentencias invitan a los vecinos a defenderse del sonido en los juzgados, según las bases de datos que maneja la plataforma 'Granada contra el Ruido'.

De hecho, no es la primera vez que el Tribunal Europeo rechaza los excesos nocivos del sonido en la vida familiar. Hace una década, una sentencia similar condenó al Estado a indemnizar a una vecina de Murcia con más de 30.000 euros porque sufría en su vivienda los zumbidos de una fábrica. El caso de López Ostra ha sido desde 1994 referente constante en la doctrina constitucional española.

Cercanas

No hay que acudir a Estrasburgo para encontrar jurisprudencia. Existen sentencias en los juzgados granadinos. En febrero de 2003, la titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 anuló la licencia concedida por el Ayuntamiento de la capital al local de copas Galatino, en Gran Vía, cuyo nivel de emisión de ruidos y vibraciones era superior al permitido.

La asociación 'Granada contra el Ruido' mantiene una demanda en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra la ordenanza municipal, por entender que impone unas sanciones inferiores a las que marca la ley. Además, el TSJA comenzó a dictar en 1999 sentencias en las que castigaba con multas abultadas a varios bares de Granada. En estas resoluciones, el TSJA recordaba que «los vecinos tienen derecho al descanso y a la salud». Las sanciones que imponía el Consistorio -clausuras cautelares de locales, multas - eran recurridas una y otra vez por los afectados. Con el paso del tiempo, una quincena de estas actuaciones se convirtieron en pleitos.

Otras denuncias se fallaron en sentido opuesto. Como la resolución de la Audiencia Provincial en enero de 2003 que quitó la razón a los vecinos que pretendían cerrar el pub Salsa.

En abril de este año, fue el Tribunal Constitucional el que reconoció que la escandalera que se cuela por las ventanas atenta contra los derechos fundamentales. El TC desestimó el recurso de amparo presentado por un bar de Gijón que había sido sancionado por dar la tabarra al vecindario. En su resolución, el Alto Tribunal expresaba que «el ruido, en la sociedad de nuestros días, puede llegar a representar (...) una fuente permanente de perturbación de la calidad de vida de los ciudadanos ( ) La exposición prolongada a un nivel elevado de ruidos ( ) causa deficiencias auditivas, apariciones de dificultades de comprensión oral, perturbación del sueño, neurosis ( ) reducción de los comportamientos solidarios e incremento de las tendencias agresivas».

Ánimo

La vecina de Galera puede animar ahora a muchos paisanos a acudir a los juzgados. Detrás tienen un centenar de casos. Algunos han llegado al extremo. En enero, un juzgado penal de Tortosa (Tarragona) condenó a dos hermanos a dos años y tres meses de prisión por la contaminación acústica que provocaba el bar musical Urik. El local superaba reiteradamente los 30 decibelios permitidos por la normativa.

El Tribunal Supremo ha fallado hasta en tres ocasiones contra un ayuntamiento por su «pasividad» ante una discoteca ruidosa, una de ellas en Sevilla. En otro caso, ha reconocido el exceso de ruido sin necesidad de «uso de sonómetro». También existen resoluciones contra algún gobierno local por no adoptar medidas contra el botellón.

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