Sevilla, 29/06/04 Ocho años sin dormir y uno sin cobrarJosé Carlos Salcedo exige al Ayuntamiento que le pague los 9.000 euros de la indemnización y otros 3.000 en concepto de intereses de demora desde 1997M . J. PEREIRAEn julio de 2003 el Tribunal Supremo condenó al Ayuntamiento de Sevilla a indemnizar con 9.000 euros (un millón y medio de pesetas) a José Carlos Salcedo, vecino de El Arenal, por los perjuicios que le ocasionaron los ruidos de una discoteca de la calle Federico Sánchez Bedoya, que lindaba con su domicilio de la calle García de Vinuesa. El Supremo consideró probada la pasividad municipal tras las quejas que le formuló desde 1990 el vecino, quien se vio obligado finalmente a abandonar su domicilio en 1998. Como se recordará, el Supremo consideró que hubo vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio, recogido en el artículo 18.2 de la Constitución Española, condenando por ello al Ayuntamiento de Sevilla a clausurar la discoteca, a indemnizar a Salcedo con 9.000 euros y al pago de las costas procesales. Además, el demandante exige al Ayuntamiento 3.351 euros en concepto de intereses de demora desde 1997, fecha de la interposición de la demanda. Cuando se va a cumplir un año de la sentencia, el Ayuntamiento no ha hecho amago de pagar la indemnización, a pesar de los requerimientos que por carta y en los tribunales le ha hecho Salcedo. La pasividad municipal ha llevado incluso al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a enviar el pasado 1 de junio una providencia al Ayuntamiento para que «con la mayor urgencia» informe del cumplimidento de la sentencia y, en caso de que no haberla cumplido, dé «cuenta de los motivos que lo impidan». Jesús Burgos, letrado de Salcedo, afirma que si el Ayuntamiento no cumple voluntariamente la sentencia pedirán una ejecución forzosa de la misma, exigiendo el embargo de los bienes municipales. «Esta medida podría acarrear responsabilidades penales para los funcionarios que no hayan ejecutado la sentencia», matizó. El demandante admite que objetivamente el tiempo juega a su favor desde el punto de vista económico porque los intereses demora continúan creciendo. Sin embargo, en una carta al alcalde le dice que «subjetivamente, dada mi visión del mundo y mi manera de entender lo público y su gestión, sólo se me ocurre reprochar la actuación municipal y exigir el cumplimiento voluntario de la sentencia, independientemente de los trámites que se siguen por la vía judicial». José Carlos Salcedo declara que la sentencia del Supremo sobre su caso creó jurisprudencia y, a partir de ahora, van a caer sentencias condenatorias «a manojos». Casi catorce años después de que comenzara su calvario, el demandante desconoce si el Ayuntamiento cumplió la orden del Supremo de clausurar la discoteca. «En 1998 tuve que abandonar mi domicilio porque no soportaba más los ruidos y desde entoncea no quise saber nada más de la discoteca», recuerda José Carlos, a quien los ruidos que provocó el establecimiento le obligaron a acudir a psicólogos y psiquiátras, recibiendo incluso la baja laboral «porque casi me vuelvo loco por no poder dormir tranquilo una sola noche desde 1989 a 1997», recuerda. «Me da vergüenza la actitud de la Corporación»José Carlos Salcedo dirigió hace un mes una carta al alcalde de Sevilla, Alfredo Sánchez Monteseirín, apelando a su «coherencia», «honradez», «responsabilidad» y «seriedad pública» para que ejecute la sentencia del Tribunal Supremo que condena al Ayuntamiento a indemnizarle con 9.000 euros por los ruidos de una discoteca que incumplía las Ordenanzas Municipales. Salcedo denunció esos ruidos desde 1990 y tuvo que abandonar su domicilio en 1998, razón por la que criticó a la ex alcaldesa, Soledad Becerril. Reconoce que aunque en su día apoyó el cambio del equipo municipal, ahora no le duelen prendas censurar la actitud del Gobierno socialista por no ejecutar la sentencia. En su misiva a Montesirín, le comunica que «me resulta, cuando menos, vergonzante y motivo de sonrojo esta situación» y le recuerda que los intereses de demora siguen aumentando por el retraso en la ejecución de la condena. «¿Qué ocurriría -dice- si yo tuviera un impuesto municipal o una multa sin pagar durante todos esos años? ¿El Ayuntamiento permanecería también cruzado de brazos? ¿Acaso no impondría sucesivos recargos o recurría a embargos? Ciertamente sí, y sería lo correcto», agrega.
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