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Cáceres, 20/06/03

'Polis de guardería'

LA LEY DE OCIO
Artículo 9: No está permitido el consumo de bebidas alcohólicas a los menores de 18 años.

Sanción: considerada grave, y está sancionada con multas de 300 a 30.000 euros. En caso de tratarse de jóvenes con edades entre los 16 y los 18 años la infracción será sancionada con la realización de trabajos en favor de la comunidad, por un tiempo no superior a 60 días ni inferior a 30 días. En caso de no realizarse estos trabajos, se podrán imponer multas coercitivas al menor, por importe de hasta 75 euros por día de trabajo comunitario. Y si el menor no asumiese estas multas coercitivas serán responsables de las mismas sus representantes legales.

Artículo 15: no está permitido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, sean mayores o menores de edad, salvo en aquellos espacios autorizados expresamente por los ayuntamientos, el ferial en el caso de Cáceres.

Sanción: también se considera grave con multas de 300 a 30.000 euros para los mayores de edad.

Artículo 13.1: no se puede vender alcohol fuera de los establecimientos autorizados ni consumir fuera de los mismo, salvo en terrazas o veladores autorizados.

Sanción: también grave, con multas de 300 a 30.000 euros.

A establecimientos: las primeras denuncias formuladas por la Policía Local de Cáceres en función de la Ley de Ocio se produjeron a mediados de abril y fueron tres establecimientos: un pub de la Madrila por encontrarse dentro un menor de edad; un bar de la Plaza Mayor por vender alcohol para consumirlo fuera y una tienda de conveniencia por vender alcohol fuera del horario permitido (entre las 22 y las 7 de la mañana)

A jóvenes: se han puesto otras diez o doce denuncias a jóvenes por beber alcohol en la calle, en mini-botellones de grupos, tras desaparecer el botellón de la Plaza.

Artículo 8: está prohibido vender o regalar alcohol a menores; castigado con: entre 30.000 y 600.000 euros, y si los infractores fueran también menores, con entre 30 y 90 días de trabajo comunitario.

Los padres de los estudiantes de Secundaria deben estar especialmente alertas estos días con sus hijos. Al menos si no quieren llevarse la sorpresa de que les llegue a casa un aviso de denuncia por el hecho de que el niño haya sido sorprendido bebiendo alcohol y festejando el fin de curso, haciendo, además, novillos. Es una situación que se repite cada año por estas fechas, pero en esta ocasión las autoridades cuentan con un instrumento legal nuevo: la Ley de Convivencia y Ocio de la Junta, que lleva en vigor tres meses, desde el 23 de marzo.

El miércoles hubo fiesta en Colón y a una docena de chavales les salió cara. La Policía Local, tanto con agentes uniformados como de paisano, camuflados, estará vigilando de manera especial las zonas donde puede haber este tipo de festejos, hasta que el día 24 acaben las clases.

Los padres, a tener cuidado. Puede sonar el móvil y no ser el niño, sino el 'poli de guardería'.

El policía telefonea a un padre: «Su hijo ha sido denunciado»
La escena se produjo el miércoles al mediodía en la calle, en el entorno de Colón. Uno de los jóvenes sorprendidos bebiendo alcohol tenía apenas 13 años y no contaba con carné de identidad ni ningún otro tipo de identificación. A la vista de la situación, el policía local que intervino en el caso utilizó su teléfono móvil para llamar al padre del chaval y comprobar y certificar su identidad. Al mismo tiempo, el agente comunicó al padre que su hijo se encontraba de fiesta bebiendo alcohol y que por tal razón se encontrará con la tramitación de la correspondiente denuncia en aplicación de la nueva Ley de Convivencia y Ocio. La multa que se le viene encima al padre va de 300 a 30.000 euros. El Ayuntamiento dirá.

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