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Segovia, 10/4/2002

Un matrimonio recibirá 9.000 euros por los ruidos del pub Maki

Ayuntamiento y Junta son condenadas al pago solidario de la indemnización junto al propietario del establecimiento

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo culpa a las administraciones por dejación de funciones

El origen de una asociación

F. A.
La batalla de la familia Quintana contra el pub Maki dio origen al nacimiento de la Asociación Segovia contra el Ruido que preside Miguel Ángel Barrera. Está formada por vecinos de la capital y la provincia, así como por personas de otras provincias que veranean en tierras segovianas.

Segovia contra el Ruido se declara independiente en lo político y tiene como objetivo común la lucha contra la contaminación acústica, sus causas y sus efectos. Este colectivo considera que en la provincia se están alcanzando unos niveles de contaminación acústica que exigen medidas inmediatas, en especial en las zonas de copas donde se concentran discotecas, bares y pubs y se produce un importante flujo humano y de tráfico rodado generado por las motocicletas y los turismos equipados con potentes equipos de música.

Derechos y denuncias
Para alcanzar sus fines, la asociación realiza actos públicos y edita publicaciones de denuncia, divulga los derechos de los ciudadanos en la materia, presenta peticiones a las autoridades, denuncia las vulneraciones de las normativas que protegen a los ciudadanos frente al ruido y asume la defensa de sus asociados. En 2001 atesoraba ya 211 denuncias en tramitación.

Esta integrada en la Plataforma Estatal de Asociaciones contra el Ruido y las Acciones Molestas (Peacram) y dispone de una página web en la dirección www.ruido.org/Segovia

FERNANDO ARANGUREN
Un matrimonio de Ayllón será indemnizado con 9.000 euros (1,5 millones de pesetas) por los daños y perjuicios que les ocasionó el exceso de ruido del pub Maki durante los años 2000 y 2001. Al pago solidario de dicha indemnización han sido condenados el propietario del establecimiento y el Ayuntamiento de Ayllón y la Junta de Castilla y León, por dejación de sus funciones en la materia.

La sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo de Segovia declara como hechos probados que de las seis mediciones realizadas en el pub Maki entre los años 1993 y 2001 en cinco de ellas se rebasaban los niveles máximos de ruidos establecidos en la normativa de Castilla y León.

Pese a ello señala que ni el Ayuntamiento ni la Junta, a través de la Consejería de Medio Ambiente, hicieron nada para evitarlo «permitiendo el ejercicio de una actividad molesta sin exigir las medidas correctoras adecuadas en el plazo legalmente previsto y sin acordar la paralización cautelar de la actividad» del establecimiento. Éste cesó en la misma, por iniciativa de su propietario, en agosto de 2001.

Daños médicos
El juzgado establece una relación causal entre la contaminación acústica del pub Maki y los padecimientos del demandante, Tomás Quintana, que figuran en un informe clínico neurológico en el que se describen episodios de irritabilidad y tristeza y problemas de insomnio y conciliación del sueño que han agravado el cuadro epiléptico que padece.

No obstante la sentencia no admite todas las pretensiones del demandante ya que limita su pretensión indemnizatoria a los perjuicios sufridos durante los años 2000 y 2001 por cuanto entiende que con anterioridad no había efectuado reclamación alguna.

El demandante solicitaba una indemnización próxima a los 210.354 euros (35 millones de pesetas) por los perjuicios ocasionados desde 1995 tanto a él como a su esposa y su hija y su yerno, que habitaron su domicilio entre aquel año y 1999.

Al limitar el periodo indemnizatorio a los dos últimos años de actividad del pub, la sentencia excluye de la pretensión a la hija y yerno y establece que el demandante debe ser indemnizado con 6.000 euros, a razón de 3.000 por año, y su esposa con 3.000 euros (1.500 por año), lo que suma un total de 9.000 euros.

Contra la misma cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede de Burgos, que ya ha sido anunciada por el demandante y su familia al considerar «irrisoria» la indemnización que figura en la sentencia.

Insultos y amenazas
Miguel Ángel Barrera, yerno de Tomás Quintana, se felicita en un comunicado porque dos estamentos públicos hayan sido condenados por vulnerar derechos fundamentales amparados por la Constitución y deban hacer frente de manera solidaria a indemnización, pero considera insuficiente su cuantía.

En este sentido manifiesta que juno a los ruidos procedentes del pub Maki su familia ha soportado durante los últimos ocho años los «insultos de los amigotes del dueño del bar»; «amenazas de muerte» por parte de éste (por las que dice que ha sido castigado con 90 euros por el Juzgado de Sepúlveda); pintadas en la fachada de la vivienda y destrozos con petardos de las tuberías y la puerta del domicilio.

Además, Barrera explica que este caso ha requerido por parte de su familia más de 300 escritos dirigidos al Ayuntamiento de Ayllón, la Guardia Civil, la Junta de Castilla y León, el Procurador del Común, los medios de comunicación y el Ministerio de Medio Ambiente, así como más de 50 viajes entre Ayllón y Segovia.

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