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Murcia, 23/03/2001

Las ordenanzas para combatir el 'botelleo' y los ruidos pasan el trámite sin incluir alegación alguna

El Ayuntamiento de Murcia ya tiene vista para sentencia la modificación de las ordenanzas sobre la venta y consumo de alcohol en la calle, así como la relacionada con los ruidos en la vía pública. Los técnicos no han aceptado ninguna de las alegaciones presentadas por asociaciones y particulares a los textos. Está previsto que la aprobación de ambas se haga en el próximo Pleno.

En el caso de la normativa municipal que prohibirá beber en la calle, el consistorio ha sido claro en sus planteamientos ante la alegación que presentó el Grupo Municipal de Izquierda Unida sobre una posible ilegalidad o inconstitucionalidad de la medida. El informe, que se debatirá mañana, señala que la ordenanza se ampara en una norma de rango superior como es la ley regional de Drogas para Prevención, Asistencia e Integración social, que deja en sus manos la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública. Igualmente, según explica el informe, el ayuntamiento extiende el artículo a la circunscripción municipal. Aclara también que el ayuntamiento, como pedían algunos vecinos, no tiene competencias para limitar los horarios de las tiendas que venden alcohol y tampoco es posible derivar la responsabilidad de la infracción a los padres o familiares de quienes beben en la calle.

Por lo que respecta a la ordenanza que combatirá la contaminación acústica, los técnicos municipales sitúan en 75 decibelios el máximo de ruido que podrá emitir una cafetería o un bar de copas. El equipo de música deberá tener además un limitador de sonido que garantice el corte automático cuando se sobrepase el límite permitido.

En cuanto a las actuaciones contra las motos ruidosas, los servicios jurídicos municipales se escudan en que la retirada de la vía pública de las motos con escape libre es una medida que viene recogida en la ley regional de Protección del Medio Ambiente.

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