Sobre el botellón
Necesidad de su tipificación como "contaminación múltiple"

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla
(Memoria anual, 2004)

Ruidos.org

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Granada

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   La delincuencia medioambiental sigue generando cifras de cierta importancia cualitativa. La labor coordinada y compleja de los Fiscales especialistas en la materia, del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil y de la Consejería de Medio Ambiente está dando lugar a la incoación de distintas Diligencias Previas por delitos contra la ordenación del territorio normalmente vinculados al grave problema de la parcelación ilegal, al margen de otras denuncias por vertidos o a la presentación de algunas calificaciones por delitos sobre el Patrimonio Histórico ante situaciones de expolio arqueológico que han tenido lugar en diversos puntos de la provincia.

   No podemos dejar de referir en este punto la persistencia de la que podríamos llamar contaminación múltiple que tiene lugar con demasiada frecuencia cuando se utiliza de forma masiva la vía pública como lugar de esparcimiento juvenil en los conocidos habitualmente con término tan expresivo como el de macrobotellones. Hablamos de contaminación múltiple porque, en mayor o menor medida, engloba todas las formas conocidas de contaminación al generar grandes cantidades de residuos, ruidos insoportables para la ciudadanía y hasta formas de contaminación visual. Este fenómeno adquiere dimensiones muy preocupantes y buena prueba de ello es la importancia que paulatinamente adquiere en los medios de comunicación local de muchas capitales de Andalucía. Ha dejado de ser, en definitiva, un problema menor porque lamentablemente empieza a incidir de forma apreciable en algunas formas de criminalidad: El consumo masivo de hachís o alcohol y otras sustancias, muchas veces entre menores que requieren tratamiento médico inmediato, los daños a empresarios de hostelería con rotura de cristales y situaciones no deseadas de cierre para preservar la integridad de sus negocios, los frecuentes altercados con agentes policiales y vigilantes de seguridad privada, las agresiones motivadas por la ingesta excesiva de alcohol, los daños en lugares históricos de extraordinario valor hasta el punto de merecer en ocasiones la consideración de Patrimonio Mundial y los numerosos delitos de conducción alcohólica con toda clase de resultados lesivos, constituyen todo un elenco que debe promover un profundo debate social y la búsqueda de soluciones razonables que impidan el crecimiento de un fenómeno extraordinariamente pernicioso.

   La necesidad de tipificación de estas infracciones como verdaderas infracciones medioambientales que permitan la actuación de las autoridades administrativas, se ha convertido en una evidente necesidad para que se corrija una tendencia, que no debiera dar lugar a la actuación directa del derecho penal, verdadera última ratio en la solución de conflictos sociales.

   Ciertamente, es precisa una legislación de corte medioambiental que obligue al ejercicio de una tutela adecuada por parte de la administración pública, primordialmente la administración local, para que se eviten situaciones tan conflictivas como las que comienzan a convertirse en una práctica habitual y causan un profundo trastorno a la ciudadanía.

   Es preciso recordar en este punto que el tratamiento penal de las tantas veces debatida contaminación acústica, habida cuenta las últimas resoluciones dictadas por tribunales europeos, debe comenzar a cambiar y enfocarse con una exigencia de responsabilidad mas que al infractor propiamente dicho a la autoridad administrativa que consiente con su conducta omisiva la persistencia de esa infracción.

La contaminación múltiple

   Someramente hemos aludido a este problema de la utilización masiva de la vía pública para labores de esparcimiento juvenil que produce numerosos vertidos, contaminación acústica, contaminación visual en toda clase de lugares históricos o daños a elementos de ornato público a veces de un indudable valor, provocando todo ello una situación -en definitiva- que hemos llamado contaminación múltiple y que comienza a adquirir dimensiones muy preocupantes en nuestra provincia.

   Sólo queremos reiterar en este punto la necesidad, al margen de actuaciones de concienciación social entre los jóvenes, de dictar normas que configuren estas actividades como verdaderas infracciones medio ambientales que permitan la actuación administrativa para la defensa de los intereses generales de la ciudadanía y otorguen un marco normativo suficiente a serie de conductas que empiezan a generar situaciones especialmente conflictivas.

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