Sentencia Chapó. ¡Chapó por el Tibunal Supremo!

por J. L. Mazón Costa
Ruidos.org

Sentencias

El caso Chapó

Sin duda que es un destacado paso adelante en la lucha contra el ruido, la sentencia que el Supremo ha dictado el 24 de febrero de 2003 en la que confirma la condena a pena de 2 años y 3 meses de cárcel que la Audiencia de Palencia impuso por delito ecológico al titular del restaurante sala de fiestas "Chapó" por emisión continuada de ruidos intolerables que ponían en riesgo la salud de los vecinos y el descanso nocturno.

El delito ecológico recogido en el artículo 325 del Código Penal castiga, entre otras conductas, a quienes emitieren ruido contraviniendo las leyes o disposiciones administrativas y creen riesgos graves para la salud de las personas.

Hay que decir que esta meritoria sentencia del Tribunal Supremo que confirma la condena emitida antes por la Audiencia de Palencia, no representa el conjunto de la práctica judicial en el terreno del delito ecologico por razón de ruidos.

Al contrario, los prácticos sabemos que la nueva jurisprudencia penal del Supremo en materia de ruidos contrasta con otras prácticas anteriores de Juzgados de Instrucción, Juzgados de lo Penal y Audiencias que han hecho "la vista gorda" a violaciones parecidas del Código Penal por producción de ruidos intolerables que han dañado el equilibrio psíquico y la salud física de los afectados. No pocos ciudadanos con problemas semejantes han hecho uso de la vía penal confiando en una aplicación correcta del derecho penal a su caso y se han topado con fiscales y jueces de instrucción que han hecho auténtico sabotaje hacia la aplicacion de la norma penal, retorciendo los hechos para salvar al querellado, productor de los ruidos, del juicio y de tener que asumir una posible condena.

Nuestro reconocimiento hacia estas personas que probaron el sabor de la decepción y la impotencia al ver denegado su derecho a la justicia por el voluntarismo y la arbitrariedad de quienes tienen por misión administrar el poder judicial del Estado, a la vez que debemos expresar nuestra repulsa por quienes causaron semejantes decepciones ilegítimas.

La nueva sentencia del Supremo es una garantía frente al auge de la impunidad penal en relación a los ruidos. Dífícilmente tras ella los fiscales de Medio Ambiente van a poder solicitar "el archivo" como con toda rutina hacen no pocos en casos muy semejantes al resuelto por el Supremo.

La nueva sentencia del Supremo, mejora el Estado de Derecho, aumenta el grado de civilización y curiosamente hace honor al nombre del establecimiento origen de la causa, pues es una sentencia auténticamente "chapó".

Jose Luis Mazón Costa
Abogado

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